La iniciativa prohibirá, en el corto y mediano plazo, las bolsas que envuelven los periódicos, la ropa de lavandería, el confeti, entre otros.
El Senado de la República aprobó, en último debate, el proyecto de ley que prohíbe ciertos plásticos de un solo uso.
Tras extensos debates, audiencias y concertaciones con la industria plástica, se determinó que serán 14 tipos de plástico que no podrán importarse, comercializarse ni distribuirse.
“Estos plásticos son algunos de los más usados pero, a la vez, de los más prescindibles y de los más contaminantes tanto para nuestras fuentes hídricas, como para nuestros ecosistemas”, aseguró el autor del proyecto, el representante Juan Carlos Losada.
Por el momento, se prohibirían los siguientes elementos a dos años:
Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías.
Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
Mezcladores y pitillos para bebidas.
Soportes plásticos para las bombas de inflar.
Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
Y los siguientes son los tipos de plásticos que se prohibirían a ocho años:
Envases o empaques, recipientes y bolsas para contener líquidos no preenvasados para consumo inmediato, para llevar o para entregas a domicilio.
Platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer.
Confeti, manteles y serpentinas.
Envases o empaques y recipientes para contener o llevar comidas o alimentos no preenvasados, conforme a la normatividad vigente, para consumo inmediato, utilizados para llevar o para entregas a domicilio.
Láminas para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato, utilizados para llevar o para entrega a domicilio.
Mangos para hilo dental o porta hilos dentales de uso único.
Empaques, envases o cualquier recipiente empleado para la comercialización, al consumidor final, de frutas, verduras y tubérculos frescos que en su estado natural cuenten con cáscaras, hierbas aromáticas frescas, hortalizas frescas y hongos frescos.
Adhesivos, etiquetas o cualquier distintivo que se fije a los vegetales.
El proyecto contempla sanciones, entre ellas multas, decomisos y clausuras temporales, o definitivas, a quienes incumplan la normativa.
“El dinero recolectado, producto de dichas sanciones, deberá ser destinado a programas de limpieza en ecosistemas con recursos hídricos, recuperación de la fauna y flora”, dice la iniciativa.